El 6 de agosto de 1851 Joaquín Maldonado compra una parte de la hacienda Pitonal[i]con plantíos de cacao y cafeces con su correspondiente casa de habitación y cocina. En enero de 1857 su hijo Juan Bautista se hace responsable de la hacienda.. En 1992 la Sucesión del Dr. S. D. Maldonado pasó a ser dueña del 50% de esta hacienda hasta la fecha[ii].
[i]“Notorio y manifiesto sea a los que la presente pública escritura de venta vieren, como yo Francisco Alvarado de este vecindario, he vendido al Sr. Joaquín Maldonado igualmente vecino, una parte de la hacienda nombrada Pitonal, con plantíos de cacao y cafeces con su correspondiente casa de habitación y cocina la cual me correspondió y hube por herencia de mis finados padres, Pedro Pablo Alvarado y Juana Petronila Colmenares, y se halla situada en esta jurisdicción bajo los linderos siguientes… dichos linderos son los mismos que constan en la escritura de venta hecha tres de mayo de mil ochocientos, otorgada por Don Cristóbal Santiago Ramírez de Arellano, a mi citado padre, cuya venta le hago en precio y cuantía de dos mil setecientos pesos, quedándome a restar solamente el comprador doscientos cincuenta pesos, los que me satisfará en los plazos y condiciones que ambos hemos convenido de mutuo acuerdo y por medio de un documento que en esta fecha hemos celebrado…”
[Registro Subalterno de San Antonio del Táchira 6-8-1851]
[ii]“Yo, ALBA RUGELES, (v) de CASTRO, venezolana, mayor de edad, viuda… en mi carácter de COMUNERA con la sucesión del Dr. Samuel Darío Maldonado, integrada unicamente en la actualidad por los Drs. Iván Darío y Ricardo Maldonado Bello… y propietaria como soy de tres cuartas partes del inmueble destinado a la plantación de caña de azúcar denominada Hacienda Pitonal y ubicada en jurisdicción del Municipio Ureña, hoy Distrito, con todas sus bienhechurías… Como quiera que he realizado actos de disposición constituidos en ventas por lotes en terrenos en un globo de tierra constante de cuarenta cuadras… sin el consentimiento de la Sucesión del Dr. Samuel Darío Maldonado, y a los fines de extinguir la obligación que tengo con la mencionada sucesión por las referidas ventas, doy en pago una de las tres cuartas partes de los derechos y acciones que me pertenecen en la Hacienda Pitonal… Es decir, que con la dación en pago que aquí hago, a partir de la presente fecha y por este documento la Hacienda Pitonal me pertenece en un cincuenta por ciento (50%) y el otro cincuenta por ciento (50%) le pertenece a la sucesión del Dr. Samuel Darío Maldonado…”
[Documento: Alba Rugeles de Castro, da en pago a la sucesión del Dr. S.D. Maldonado una cuarta parte de la hacienda “Pitonal”… Oficina Subalterna de Registro del Distrito Pedro María Ureña, Edo. Táchira. Ureña, 18-03-1992]